Sí. Según el Artículo 106, numeral 4 de la Resolución 5477 de 2022, no es necesario presentar documentos que acrediten la vigencia de las condiciones que originaron la concesión de la visa anterior.
El requisito principal es no haber salido de Colombia por más de dos (2) años continuos. Adicionalmente, el gobierno puede solicitar información como afiliación a EPS, prueba de ingresos o cualquier otro documento que considere pertinente.