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Si usted es extranjero, pero reside en Colombia y tiene Cédula de Extranjería, es importante que tenga en cuenta que bajo la Ley 100 y el Decreto 064 de 2020, está obligado a aportar a la seguridad social en Colombia a través del régimen contributivo.
Este régimen abarca a todos los empleados, trabajadores independientes y pensionados. Aquí además, se podrá incluir al grupo familiar que dependa económicamente del titular, en calidad de beneficiarios.
En cuanto a los trabajadores independientes, pueden tomarse como base los ingresos asociados a actividades tales como:
- Arriendos
- Rendimientos financieros
- Dividendos
- Utilidades por comercialización de bienes y servicios
- Honorarios, comisiones y/o prestación de servicios
Es importante aclarar que aun cuando el extranjero tenga seguro internacional privado o esté afiliado al sistema de salud de su país de origen, NO está eximido en Colombia, es su deber estar afiliado al sistema colombiano y hacer los pagos correspondientes a la seguridad social dentro de los términos de ley.
Para saber cuánto debe aportar o pagar, es importante tener claro el “Ingreso Base de Cotización” (IBC) según su caso específico.
¿Qué es el IBC?
Es el valor mínimo sobre el cual se debe calcular el valor de los aportes al Sistema General de Seguridad Social (SGSS).
¿Cómo calcular el IBC?
Empleados
Para quienes tienen un contrato laboral fijo o indefinido con alguna empresa colombiana, es la empresa la responsable de realizar las afiliaciones correspondientes al iniciar el contrato. En este caso, los aportes al Sistema de Seguridad Social se realizan de acuerdo con los siguientes porcentajes tomando como IBC el salario total devengado mensualmente:
Trabajadores Independientes
Para calcular el IBC en este caso, el cual podrá variar cada mes, es necesario seguir los siguientes pasos:

Identificar el tipo de actividades que realiza.
Incluir la totalidad de los ingresos que recibe por todas las actividades desarrolladas de manera independiente, en Colombia y/o en el exterior.
Identificar los gastos y costos asociados a los ingresos recibidos. En caso de tenerlos, estos se restan del total de ingresos para obtener el IBC.
Teniendo clara la información anterior, el IBC será el 40% del total de los ingresos netos mensuales recibidos, menos los costos y gastos asociados en caso de que los haya. Así que la base de sus aportes al Sistema, podrá ser superior al 40% de dicho monto, pero nunca podrá ser inferior a este porcentaje.
A continuación, planteamos algunos ejemplos para facilitar la comprensión de este tema:
Ejemplo 1: Trabajadores con contrato fijo o Indefinido
Elizabeth es extranjera y fue contratada por la empresa ABC Colombia. Tiene un contrato a término fijo de 2 años, devengando un salario mensual de $3.500.000.
¿Cuál debería ser la base de cotización al SGSS?
El empleador tiene la responsabilidad de afiliar al trabajador al SGSS y la base de cotización (IBC), debe corresponder siempre al salario real devengado por el empleado. En este caso, $3.500.000.
¿Cómo debe aportar al SGSS? | |
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Salario mensual devengado | $3,500,000 |
Base para aportar (IBC) | $3,500,000 |
Tarifa salud | ABC Colombia (8,5%) – Elizabeth (4%) |
Tarifa Pensión | No están obligados a aportar por tratarse de una empleada extranjera |
Tarifa Riesgos Laborales | Company ABC Colombia (0.5%) |
Tarifa Caja de Compensación | Company ABC Colombia (4%) |
Aporte a salud empresa ABC Colombia | $3,500,000 x 8.5% = $297,500 |
Aporte a Salud Elizabeth | $3,500,000 x 4% = $140,000 |
Aporte a riesgos laborales empresa ABC Colombia | $3,500,000 x 0.5%= $17,500 |
Aporte a caja de compensación empresa ABC Colombia | $3,500,000 x 4% = $140,000 |
Total aportes empresa ABC Colombia | $455,000 |
Total aportes Elizabeth: | $140,000 |
Nota: El total de aportes es deducido automáticamente por la empresa, es decir, el aporte que le corresponde a Elizabeth: $140.000, es deducido directamente de su nómina.
Ejemplo 2: Trabajadores con contrato de prestación de servicios
Amelia es extranjera y actualmente vive en Colombia. Es experta en marketing digital y tiene un contrato de prestación de servicios con la empresa XYZ en Colombia. Este mes, tuvo un ingreso total de $2.800.000 por el contrato mencionado.
¿Tiene la obligación de aportar a la salud en Colombia?
Sí, aunque sea extranjera, vive en Colombia y tiene ingresos que superan el salario mínimo Colombiano. Por ende, está obligada a aportar al SGSS con un IBC correspondiente al total de ingresos mensuales, es decir, $2.800.000.
¿Cómo debe aportar al SGSS? | |
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Ingresos Totales del Mes | $2,800,000 |
Base Mínima para Aportar | 40% |
Tarifa Salud | 12.5% |
IBC | ingresos totales x base mínima para aportar |
IBC | $2,800,000 x 40%: $1,120,000 |
IBC | $1,120,000 |
Aporte a Salud | $1,120,000 x 12.5% = $140,000 |
Ejemplo 3: Independientes
James es extranjero, reside en el país y tiene ingresos mensuales en el exterior por actividades independientes (En el extranjero y/o Colombia) equivalentes a un total de $1200 USD aproximadamente, y tiene unos gastos asociados a esas actividades alrededor de $500 USD .
Lleva más de 6 meses en Colombia y no ha realizado aportes al Sistema General de Seguridad Social.
¿Tiene la obligación de aportar a la salud en Colombia?
Sí, al ser residente en Colombia, devengar ingresos superiores a 1SMLMV ($1,000.000).
¿Cómo debe aportar al SGSS? | |
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Ingresos Totales del Mes | $1200 USD ($4,560,000 aproximadamente) |
Costos | $500 USD ($ 1,900,000 aproximadamente) |
Base Mínima para Aportar | 40% |
Tarifa Salud | 12.5% |
IBC | (Ingresos totales- costos) x base mínima para aportar |
IBC | ($4,560,000- $1,900,000) x 40%=$1,064,000 |
IBC | $1,064,000 |
Aporte a Salud | $1,064,000 x 12.5% = $133,000 |
Nota: Un trabajador es independiente si reúne por lo menos una de las siguientes condiciones:
Realiza una actividad económica por su cuenta.
Tiene un contrato diferente a prestación de servicios, es decir contratos de obras civiles, suministros, insumos, arrendamientos, entre otros.
Desarrolla actividades que generan utilidades, dividendos, rendimientos financieros, entre otros.
Genera ingresos por la prestación de servicios personales que están relacionados con las funciones de la empresa contratante.
Ejemplo 4: Pensionados
Edward es extranjero y está pensionado por la Administración del Seguro Social de su país de origen. La pensión que recibe equivale a USD 3000. Actualmente está viviendo en Colombia y tiene Cédula de Extranjería, pero no se encuentra afiliado al SGSS.
¿Tiene la obligación de aportar a la salud en Colombia?
Sí, al ser residente en Colombia y devengar ingresos superiores a 1SMLMV provenientes de una pensión en el exterior.
¿Cómo debe aportar al SGSS? | |
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Ingresos Totales del Mes | $3000 USD ($11,400,000 aproximadamente) |
Base Mínima para Aportar | 40% |
Tarifa Salud | 12.5% |
IBC | (Ingreso total) x base mínima para aportar |
IBC | ($11,400, 000) x 40%=$4,560,000 |
IBC | $4,560,000 |
Aporte a Salud | $4,560,000 x 12.5% = $570,000 |
TENGA EN CUENTA: No existe una ley clara que determine el IBC exacto para quienes tienen ingresos de jubilación en el extranjero; Sin embargo, actualmente según el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia el IBC debe corresponder al 40% del total de ingresos mensuales devengados.
Ejemplo 5: Extranjero casado con Colombiano(a)
Pablo es Colombiano, está afiliado al régimen contributivo del SGSS como empleado y está actualmente casado con Nathalie de nacionalidad extranjera. Nathalie tiene Visa de Cónyuge y Cédula de Extranjería, vive en Colombia con Pablo, pero no realiza ningún tipo de actividad económica en el país.
¿Cómo podría Nathalie estar afiliada al SGSS?
Aunque Nathalie no realice actividades económicas, está obligada a afiliarse al SGSS Colombiano. En este caso, al tener esposo Colombiano que ya se encuentra dentro del régimen contributivo, Nathalie puede configurarse como beneficiaria dentro del grupo familiar.
El procedimiento a seguir sería registrar la novedad de inscripción de beneficiario en el sistema, presentando el Registro Civil de Matrimonio en donde conste el parentesco con el titular. Esta afiliación de Nathalie por ser beneficiaria, no tiene ningún costo adicional, y estará cubierta con la tarifa que previamente aporta Pablo al SGSS.
TENGA EN CUENTA: Si usted cotiza con un IBC inferior a la realidad de los ingresos que recibe, usted será considerado como un EVASOR ante la ley colombiana y el Ministerio de Salud.
Además, recuerde que si es extranjero, no está obligado a aportar a pensión ni a riesgos laborales. Únicamente está obligado a aportar a la SALUD.
¿Cómo se relacionan los aportes al SGSS con la solicitud de visa colombiana?
Pues bien, con el fin de dar cumplimiento a la normativa vigente de seguridad social en Colombia, el Ministerio de Relaciones Exteriores dentro del proceso de la aplicación de visa, se asegura de verificar los siguientes ítems por parte de los extranjeros que cumplan con los criterios para pertenecer al régimen contributivo:
Inscripción del extranjero a través del portal haciendo click aquí
Certificado vigente de afiliación a la entidad promotora de salud.
Certificación de los últimos periodos pagados del aporte a la seguridad social.
IBC de aportes que coincidan con los soportes de ingresos que tiene el extranjero ya sea en Colombia o en el exterior.
En caso de no cumplirse con estos criterios, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá requerir la corrección de la irregularidad en el SGSS, e incluso, inadmitir o negar la solicitud de visa.
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12 Responses
In the article you speak of mandatory affiliation for visa M and visa R. Where exactly can I find that people with visa V are exempt from this rule? In de decretos I can only find that residents should be affiliated, but I cannot find the definition of a resident. For example, visa V wouldn’t be a resident according to migración, but according to DIAN I am a resident: what is the definition of a resident according to the ministerio de la salud?
Short version: may they deny my application for visa M, if I had visa V and don’t have an eps, while I did make enough money to contribute (foreign income)?
“If you are a foreigner, but you reside in Colombia…”
Is “reside in Colombia” defined?
E.g. stay in Colombia greater than 180 days? Own a home in Colombia and live there at least one day per year?
So, non-employed foreign pensioner must pay health but NOT social security?
Hello!
I have a cédula de extranjería. I have been living in Colombia since 2013. For the last yearI have been a beneficiary of my wife of the Eps and pension. In January I have to apply to renew y visa, would that affect my visa renewal?
Thanks in advance for your answer
Hi my friend! I wish too say that this article is awesome, nice written and come
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Feel frwe to visit my blog post; Listopad
Are you considered a freelancer in Colombia if you are employed by a foreign company (a US company) and work remotely in Colombia while being a foreign residen (with an M-vissa)?
Is there a maximum health contribution? or is it always12.5% of 40% of your income?
I very much want to understand – M/R visa AND reside in Colombia. I have an R, but I live in the United States 300 days per year. I have health insurance in the United States that I pay >$12000 USD per year for. Is it truly the case that I need to pay 12.5% of my income for EPS when I am here only 60 days per year, and not consecutively at that!
Colombians living abroad are excepted from EPS. Is there not an equivalent for visa holders living abroad?