Con la entrada en vigencia de la Resolución 5477 el 21 de octubre de 2022, se dió inicio a la cuenta regresiva del régimen de transición que implica el trámite obligatorio del traspaso de visa por parte de cualquier extranjero titular de una visa de residente en Colombia, vigente y cuya expedición haya sido efectiva bajo regulaciones anteriores.
En 2022, el Gobierno Colombiano determinó que el traspaso de visa deberá llevarse a cabo dentro de un periodo de gracia de dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución antes mencionada. Dentro de ese tiempo, todas las residencias permanentes que aplicaban a este caso debían ser reexpedidas para prevenir posibles sanciones que puedan afectar su validez.
El 27 de septiembre de 2024, el gobierno colombiano expidió una nueva resolución ampliando el plazo para los residentes que aún deben completar el proceso de Traspaso de Visa (Resolución 9316 de 2024). En este sentido, la nueva fecha límite para completar el proceso y transferir la visa es el 31 de octubre de 2026. Esta prórroga brinda a los residentes en Colombia una oportunidad adicional para cumplir con los requisitos de transferencia de visa.
En expatgroup.co, hemos brindado apoyo a más de 3.100 clientes en relación a las diversas modificaciones introducidas por la nueva resolución. No obstante, nos preocupa la falta de conocimiento de la comunidad extranjera en cuanto al proceso.
En este blog, examinaremos los aspectos cruciales del traspaso de visa, introducidos por la nueva resolución, de modo que puedas cumplir con todas las regulaciones a tiempo y asegurar tu permanencia en Colombia sin inconvenientes.
¿Qué es el traspaso de visa en Colombia?
Para fines migratorios, el traspaso de visa significa una modificación en los datos contenidos en un permiso de permanencia mediante la reexpedición de una visa emitida con anterioridad.
Este proceso puede ser realizado con todo tipo de visa, dependiendo de cada caso particular, y constituye un proceso esencial para asegurar que la información contenida en ella sea real y fidedigna.
En el artículo 105 de la Resolución 5477 de 2022, se nos introducen diversos casos en los cuales puedes realizar el proceso de traspaso de visa:
Si ha perdido el documento con el que solicitaste la visa, debes iniciar el proceso inmediatamente después de obtener el nuevo pasaporte.
Si obtienes un nuevo pasaporte, puedes transferir tu visa a este nuevo documento. Esta opción es recomendable y sólo se aplica a los pasaportes expedidos por el mismo país. Si deseas utilizar otra nacionalidad, tendrás que solicitar un nueva visa con esa ciudadanía, lo que anulará la visa anterior.
Si la visa fue emitida con errores y no solicitase la corrección dentro de los quince (15) días siguientes a su emisión, deberás tramitar el traspaso de visa.
Si eres titular de una visa que requiere un contrato de trabajo o un documento vinculado a una empresa, y su empleador cambia el nombre de la empresa sin cambiar el número de identificación, tendrás que hacer el traspaso de tu visa.
Si usted es titular de una visa que requiere un contrato de trabajo y deseas añadir un nuevo empleador autorizado, es necesario realizar el proceso. Ten en cuenta que la actividad del nuevo empleador debe ser la misma que la relacionada con tu visa actual.
Todos los titulares de una visa de residente deben efectuar un traspaso de visa cada cinco (5) años, un mes antes de la fecha de expiración.
¿Puede perder vigencia mi residencia en Colombia si no realizo el traspaso de visa?
De no dar cumplimiento al proceso de traspaso de visa cada cinco (5) años, la vigencia de la visa podría darse por terminada, de acuerdo con el artículo 108, el cual establece que la fecha de expiración marca el final del visado.
Además, existe un caso adicional contemplado en el artículo 123 de la Resolución 5477, que fue modificado en 2024 por la Resolución 9316, que trata del régimen de transición de la presente Resolución y estipula que, aunque las visas de residencia expedidos en virtud de Resoluciones anteriores seguirán en vigor, todos los titulares deberán completar la transferencia del visado antes de octubre de 2026.
En otras palabras, la nueva fecha límite para llevar a cabo el traspaso de visa es el 31 de octubre de 2026.
Recuerda que, si el régimen de transición aplica a tu caso y no realizas el proceso antes de la fecha límite, la vigencia de la visa podría darse por terminada de la misma forma que con el incumplimiento del traspaso cada cinco (5) años.
En ambos casos, te será aplicado el artículo 106, que obliga al titular de una la residencia a presentar un salvoconducto para adelantar el traspaso de visa extemporáneo, luego de la fecha tope del régimen de transición o la fecha de vencimiento de la visa de residencia.
De no iniciarse el proceso de traspaso, el artículo 111 demarca que, luego de la terminación de la vigencia de un visado, tendrás treinta (30) días en situación migratoria regular durante los cuales deberás salir del país o solicitar una nueva visa. De alargar la permanencia después de los días de plazo generados por la autocancelación de tu visa, se te impondrá una sanción económica basada en el artículo 13 del Decreto 1067 de 2015 que demarca como causal de infracción moderada este hecho en particular.
Sanciones económicas por irregularidad migratoria
Tiempo de irregularidad | Valor aproximado COP |
---|---|
0 días | $1.300.000 |
1 - 30 días | $1.820.000 |
31 - 60 días | $2.600.000 |
61 - 90 días | $3.900.000 |
91 - 120 días | $5.200.000 |
> 121 días | $6.500.000 |
Recuerda que debes demostrar que no has estado fuera del país por más de dos (2) años continuos mediante un Certificado de Movimientos Migratorios que muestre la información migratoria desde que el extranjero obtuvo la primera Visa de Residencia.
Por su parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud de su facultad discrecional, podrá solicitar documentación adicional.
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¿Cómo es el proceso de traspaso de visa?
Paso 1: verifica que cumples los requisitos y reúne la documentación
El primer paso es asegurarte de que cumples con los requisitos y eres titular de una visa de residencia en Colombia. Además, tu visado actual debe estar vigente al momento de iniciar el proceso y debes reunir todos los documentos necesarios para tu solicitud, los cuales han sido señalados por la resolución en su artículo 106:
Copia de la visa que deseas traspasar.
Copia de la cédula de extranjería relacionada a la visa.
Certificado de Movimientos Migratorios que muestre la información migratoria desde que el extranjero obtuvo la primera Visa de Residencia.
Aportar documento que acredite la actividad del extranjero en el país.
Carta de justificación señalando el motivo del traspaso
Es importante resaltar que, aunque la Resolución establece ciertos requisitos, la Cancillería, en virtud de su facultad discrecional, podría requerir documentación durante el proceso de traspaso de visa.
Antes de iniciar cualquier trámite, te recomendamos asesorarte con expertos en asuntos migratorios. Esto garantizará que tu solicitud se procese sin contratiempos y te ahorrará tiempo y esfuerzo. No subestimes la importancia de un acompañamiento profesional en este proceso tan crucial.
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Paso 2: Completa la solicitud en línea y realiza los pagos correspondientes
El siguiente paso implica completar la solicitud en línea a través del portal web del Ministerio de Relaciones Exteriores. Asegúrate de proporcionar información precisa y completa.
El trámite de traspaso de visa conlleva un pago inicial de la tarifa de estudio que debe ser pagada en el momento de la solicitud. Cuando la visa haya sido aprobada, te será solicitado el segundo pago correspondiente a la tasa de expedición de la visa.
Estudio de Visa
55 USD
Traspaso de Visa
55 USD
Paso 3: Solicita una nueva Cédula de Extranjería
Una vez finalizado el proceso, es imprescindible solicitar una nueva cédula de extranjería.
Cédula de Extranjería
61 USD aprox
Preguntas frecuentes sobre el traspaso de visa
Consiste en cambiar o actualizar una visa mediante su reexpedición para modificarla o agregarle datos sustanciales. Actualmente en Colombia también se utiliza el traspaso de visa para actualizar las visas de residencia expedidas bajo normas anteriores para adecuarlas a la nueva Resolución 5477. Esto es necesario para mantener la legalidad y los beneficios de la residencia en el país.
La fecha límite del proceso es el 31 de octubre de 2026.
Todos los extranjeros titulares de una visa de residencia que haya sido emitida en Resoluciones anteriores deben realizar la transferencia dentro de los dos (2) años siguientes a la entrada en vigencia de la nueva Resolución. Asimismo, es obligatorio realizar el trámite cada cinco (5) años para todos las visas de residencia.
La Resolución en su artículo 123 aclara que todas las visas emitidas bajo la Resolución anterior mantendrán su validez original. Básicamente, no hay nada expresado que indique que el tiempo de validez de los mismos será modificado al momento del traspaso por el régimen de transición.
Sí, ya que de acuerdo con el numeral 4 del artículo 106 de la Resolución 5477 de 2022, no es necesario aportar documentos que acrediten la vigencia de las condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la visa anterior.
Please note that the main mandatory requirement is not to have remained outside Colombia for more than two (2) continuous years. In addition, the government may request information related to your health contributions in Colombia (EPS), and proof of your source of income, as well as any other document it deems pertinent under discretionary power.
Sí, porque la resolución establece que no es necesario demostrar las condiciones que dieron origen a la visa anterior, para solicitar el traslado de visa de residente.
Sin embargo, recuerde que deberás acreditar que no ha permanecido fuera del país por más de dos (2) años continuos, a través de un Certificado de Movimientos Migratorios. Mientras tanto, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud de su facultad discrecional, podrá solicitar documentación adicional.
Buenas noches, soy Venezolano con mas de 7 años residenciado en el país, pero no realice la renovación de la Visa de Residente a los 5 años ,sin embargo si renové mi Cédula de Extranjería ,en Migración Colombia no me hicieron ningún tipo de objeción ni recomendación a la hora de realizar este trámite y hace casi 1 año entro en vigencia el 5477 ,mediante el cual obliga a realizar un Traspaso de Visa ,lo cierto es que tengo una cedula de extranjería vigente, una visa vencida y un traspaso por hacer ,me gustaría saber que puedo hacer, muchas gracias ,quedo atento ,saludos
Buenas tardes Aníbal. Entendemos su caso, claro que sí, lo podemos ayudar en su caso. En estos momentos expatgroup.co está ofreciendo un descuento del 20% para realizar el proceso de traspaso de visa. Pronto lo contactaremos por correo electrónico. Si desea, nos puede contactar a través del siguiente link para brindarle la asesoría necesaria: https://wa.me/19547993692?text=transfer%20
¡Saludos!
Muy importante este tema. Que yo sepa la Cancillería no ha hecho ninguna socialización de este nuevo requerimiento ni pedagogía al respecto. Yo intenté hacer traspaso hace dos años cuando renové mi pasaporte y me fue negada la solicitud (por solicitar visa nueva en vez de traspaso) y en aquel entonces me avisaron (¡desde la Cancillería!) que no era obligatorio el traspaso sino voluntario. Entonces no hice nada pues había renovado la CE sin problema por 5 años más. Luego cuando se renovó el pasaporte de mi esposa el año pasado intenté hacer el traspaso para ella. Le fue negada la solicitud porque era beneficiaria y me tocaba a mí como titular hacer el traspaso mío primero. Al hacerlo yo, sí me fue requerida prueba de la continuidad de las condiciones que dieron lugar a la visa original. Pero fue una vía crucis sacar la CE de nuevo por falta de citas en Migración; y luego me quisieron sancionar por incumplir plazos; pero por proceso administrativo logré solucionar el problema y sacar CE nueva. Después hice el proceso para mi esposa y todo transcurrió mejor (pero sí pidieron carta de apoyo firmada ante notaría).
Pero nadie me informó que debo repetir el proceso de traspaso de nuevo a los 5 años aunque los mismos pasaportes nuevos estarán aún vigentes en aquel entonces.
En fin, gracias por divulgar este tema y hacer pedagogía al respecto.